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Introducción. Definición

“Si tú tienes una manzana y yo tengo una manzana y las intercambiamos, tanto tú como yo seguiremos teniendo una manzana.

Pero si tú tienes una idea y yo tengo una idea y las intercambiamos, entonces ambos tendremos dos ideas.”

Atribuido a Bernard Shaw

Cultura libre, conocimiento abierto. El concepto que engloban es que, a voluntad de los creadores o por caducidad de derechos, los bienes, especialmente intelectuales, estén a disposición de la gente. Pertenecen al bien común o público.

Durante siglos se ha intentado evitar el libre acceso al conocimiento porque es el arma más poderosa. Primera característica de las dictaduras.

En pleno apogeo de liberalismo económico todo se plantea para defender una industria y manipulaciones basadas en prohibiciones y controles. Sin embargo ha surgido un movimiento contrario. Inicialmente se produjo en la producción de programas de ordenador, pero se ha ido expandiendo a ámbitos culturales y científicos.

La gente, el gran público no se interesa por la esclavización del conocimiento:

  • No lo entiende.
  • No le preocupa.
  • Se guía por la mercadotécnia. Le llenan su órbita.
  • Le esconden el problema.

Cuando los ordenadores empezaron a ser utilizados los programadores se prestaban programas o retazos. Este ambiente empezó a cambiar y los programas dejaron de poderse consultar. Cuando se compraba software se daba la versión comprensible por el ordenador pero no por los programadores.

Esta situación lleva a un mundo cerrado en el que solo la empresa productora puede resolver un problema o mejorar un programa. El usuario no sabe qué hace el programa. Esto se extiende actualmente a todos los ámbitos de nuestra vida.

No sabemos qué hacen los aparatitos.

Richard M. Stallman inició un movimiento en contra de estas prácticas. Ya había gente que compartía conocimiento, pero Stallman definió el problema y fórmulas para contrarrestarla.

En su definición del problema, declaró 4 principios (las 4 libertades básicas) que debe cumplir un programa libre:

  1. Libertad de usar el programa, con cualquier propósito.
  2. Libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a tus necesidades.
  3. Libertad de distribuir copias del programa, con lo cual puedes ayudar a tu prójimo.
  4. Libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie.

Estas 4 libertades se han extrapolado a otros ámbitos. Para obras culturales deben permitir:

  1. Usarlas y disfrutar los beneficios de su uso.
  2. Estudiarlas y aplicar el conocimiento obtenido de ellas.
  3. Hacer y redistribuir copias, totales o parciales.
  4. Hacer cambios y mejoras, y redistribuirlas con estas modificaciones.

Definiciones

  • Propiedad intelectual: «… cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección …»
    • Propiedad industrial Derecho exclusivo que otorga el Estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones de aplicación industrial o indicaciones comerciales diferenciadoras (ej. marcas). Patentes de fabricación.
    • Derechos de autor Reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas. Reconocimiento moral y patrimonial.
      • Derechos morales. Intransferibles: reconocimiento de autoría, integridad de la obra.
      • Derechos de explotación. Transferibles: reproducción o difusión. Limitado a 70 años tras fallecimiento del autor.
  • ¿Dónde ponemos los programas informáticos?
  • ¿Las obras de ingeniería?
  • ¿Las semillas de agricultura?
Me he comprado un cuadro. ¿Tengo derechos de explotación?

El problema

Con la aparición de Internet y la informática, los contenidos culturales, las ideas y las creaciones se pueden transmitir y difundir rápida, económica y cómodamente. Una conexión a internet es una ventana al mundo.

El creador es directamente accesible.

Todos podemos ser creadores.

Una industria obsoleta intenta defender su mercado porque la forma de consumo y el cauce con el creador ha cambiado: «…su plan de reconfigurar Internet antes de que Internet les reconfigure a ellos» (Cultura libre, L. Lessig pag. 22).

La industria mueve sus hilos (corrupción política) para defenderse. La excusa: defender al creador.

Ejemplos

  • Cuando Camarón sabe que va a morir no tiene el derecho sobre ninguna de sus grabaciones. Peor aún, no estaba claro qué derechos tenía (¿simple intérprete?, ¿autor?, …). http://elpais.com/diario/1992/08/02/cultura/712706402_850215.html
  • ¿Es justo el precio que cobra el agricultor? Los creadores están en la misma situación. Se les controla por los medios de comunicación, la publicidad y la distribución.

Organismos Genéticamente Modificados: «… la semilla es un ser vivo que puede reproducirse, lo que hace difícil su control monopólico. Para ello se han creado dos mecanismos que van de la mano: cambios tecnológicos en fitomejoramiento (a través del desarrollo de híbridos y los Organismos Genéticamente Modificados -OGM-); y la imposición de derecho de propiedad intelectual. » (Cita Elizabeth Bravo Biodiversidad - Abril 2005, enlace siguiente visitado 15-10-2012)

  • Viaducto de Millau.

http://commons.wikimedia.org/wiki/Category:Colonnes_de_Buren

  • Abusos de SGAE:
    • Exigencia a una peluquería porque tiene radio.
    • A los pueblos se les cobra por las verbenas desde 10 años atrás.
    • En un pueblo les cobran por una obra de teatro escrita por ellos mismos.
    • Reparto patrimonial con ánimo de lucro.
  • Sinde se declara favorable a que se cobre por todas las obras independientemente del tipo de licencia.

«… hacer efectivos estos derechos de remuneración aunque el autor hubiera decidido regalar su obra o no cobrar…»

http://www.abc.es/20100422/cultura-/libro-electronico-201004211919.html

  • Cine completamente subvencionado … pero no es dominio público.
  • En las obras civiles se expropia por el bien común. En este caso se asume la defensa del bien común. ¿Por qué no se aplica a bienes intelectuales?
  • El canon digital en España (2007-2011). Compensar a la industria por la pérdida que pudieran tener por hacer copias de uso privado. ¿Por qué no se ha regulado un precio mínimo para la agricultura? ¿por qué no se ha controlado con igual empeño las estafas privadas de los bancos? Hay que tener en cuenta que el soporte físico no tiene valor sobre la obra.No pueden cobrar sin saber el uso que se da o bien una vez pagado se acepta abiertamente y sin límites el derecho y difusión de copias.

Contraejemplos

  • Sistemas GNU/Linux.
  • Redes de comunicaciones ciudadanas: guifi.net.
  • Copyright: Derechos de autor (cerrados). Copyleft, se reconoce la autoría pero se deja los derechos abiertos para asegurar las 4 libertades. Las obras derivadas han de mantener el mismo trato.
  • Creative Commons (CC). by, ND, NC, SA, PD
  • La ciencia se basa en la obra derivada. Nadie lo descubre todo y todo es susceptible de mejora. Las publicaciones científicas sirven para dar a conocer los resultados y que otros los aprovechen (se reconoce la autoría).
  • Sistemas autorregulados por el público (menéame, barrapunto).
  • Ejemplos de creadores que venden su obra directamente. «Carmina o revienta» Paco León.
  • Sistemas de financiación como Goteo.
Ver el vídeo: «¡Copiad malditos!»
public/docencia/univmajorsculturalibre/tema1.txt · Última modificación: 2012/12/10 13:02 por mperez